martes, 18 de julio de 2017

SUSPENDE TRUMP POR 6 MESES TITULO DE EMBARGO SOBRE PROPIEDADES CONFISCADAS EN CUBA

Calle Bernaza. La Habana 1959

Confiscación:
_____________
La confiscación, comiso o decomiso, en Derecho, es el acto de incautar o privar de las posesiones o bienes sin compensación, pasando ellas al erario público.
Se han producido confiscaciones sobre la mayor parte de los ciudadanos, como en la criminalización por la posesión de oro de Franklin D. Roosevelt, la usurpación de bienes a los judíos en la Alemania Nazi, la nacionalización que siguió a la Revolución Cubana, el corralito en la Argentina, y más recientemente, el embargo de ahorros en Chipre en 2013. En algunos países, las acciones del Estado (por ejemplo la zonificación) que reducen el valor de las propiedades para el dueño de manera que las deja casi sin valor, han sido consideradas como una forma de confiscación.
En sentido estricto, por lo general se entiende que la confiscación es una pena principal consistente en la privación de bienes, mientras que el comiso o decomiso es la pena accesoria que supone la pérdida o privación de los efectos o productos del delito y de los instrumentos con que este se cometió. El término decomiso también se utiliza para designar las cosas que han sido objeto de comiso. Habitualmente, los artículos ilegales, como los narcóticos o armas de fuego y las ganancias de la venta de este tipo de mercancías, pueden ser confiscadas por la autoridad competente.
Suspende Trump por 6 meses el titulo de Embargo:
__________________
Nos dice la web informativa Marti Noticias que "Al anunciar el pasado 16 de junio en Miami cambios en la política hacia Cuba legada por su predecesor Barack Obama, el presidente Trump prometió que su nueva política "comienza con hacer cumplir estrictamente las leyes de EE.UU”.
En relación con Cuba la ley fundamental del país es la de Libertad y Solidaridad Democrática para Cuba de 1996, o Helms-Burton, que codifica en una sola legislación todas las disposiciones del embargo y las condiciones para su levantamiento.
Pero hay una cláusula en la Helms-Burton que otorga a los presidentes de EE.UU. la prerrogativa de suspender cada seis meses un polémico título de la ley, y ahora Trump acaba de continuar esa tradición que siguieron los gobiernos que le precedieron, tanto demócratas como republicanos.
El Departamento de Estado informó el viernes que el Subsecretario de Estado para Asuntos Políticos, Tom Shannon (en el cargo desde febrero de 2016), ha reportado a los comités correspondientes del Congreso que ha efectuado la determinación legal requerida para suspender por seis meses, desde el 1 de agosto de 2017, el derecho a emprender acciones (legales) bajo el Título III de la Ley.
El citado Título III permitiría a todos los estadounidenses entablar un litigio civil en las cortes contra aquellos que trafiquen o se beneficien de las propiedades que les arrebató el gobierno cubano. La demanda puede radicarse contra este último o contra una empresa o ciudadano privado.
Esto facultaría también a los cubanos que se hicieron ciudadanos estadounidenses para sumar sus reclamos a las demandas de empresas y ciudadanos de los Estados Unidos certificadas por la Comisión de Ajuste de Reclamaciones en el Extranjero hasta el 6 de julio de 1972".
Un tema realmente espinoso:
Un tema que nunca muere resulta este de la confiscación, eliminación y desaparición de los negocios de todo tipo que existían en la Isla Caribeña Cubana, llevado a cabo por el Gobierno del Finado Fidel Castro y en general de su familia; (que como sabemos, insisten en permanecer gobernando en la Isla de Cuba). Este tema con vigencia mayor en la actualidad donde se encamina la sociedad cubana "aparentemente" a la propiedad individual con negocios no estatales, hoy día llamados "cuentapropismo", no tienen garantía alguna que no los decomicen de nuevo, según suenen las trompetas de la Apocalipsis.
Saludos a todos. MP

No hay comentarios:

Publicar un comentario