<"La asistencia que consiste en 200 euros anuales se le entregará a los cubanos con ciudadanía española que cumplan con los siguientes requisitos.
1. Ser español y encontrarse de alta en el Registro de Matrícula Consular.
2. Carecer de medios de subsistencia.
3. Ser mayor de 65 años o, siendo menor, estar incapacitado para el trabajo.

La embajada aclara que no se puede obtener esta clase de ayuda si en el presente ejercicio se ha percibido otra de cualquier clase (Ayudas del Consulado General, Pensiones del Ministerio de Trabajo Español, Ayudas de las Comunidades Autónomas Españolas, Ayuntamientos, etc.).
Tampoco pueden obtenerlas dos miembros de una misma unidad familiar, ni aquellos solicitantes cuyo ingreso per cápita del núcleo familiar sea superior al mínimo de subsistencia anual (200,00 €).
Las solicitudes deben ser presentadas en el Consulado General de España en La Habana. Sección de ayudas. Solicitud 2017. Calle Zulueta no 2 esquina Cárcel, HABANA VIEJA, CP 10100 (La Habana)">.