Abogada Claudia Cañizares.
Abogada Cañizares explica como se puede perder la residencia permanente en los Estados Unidos:
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(Con informacion de la web informativa Cuba en Miami)
"La abogada Claudia Cañizares recomendó tener especial cuidado con los delitos y mentir en temas migratorios ante agentes federales.
Algunas de las razones por las que se puede perder la residencia son:
- Realizar o haber llevado a cabo labores de espionaje o haber participado en un intento para derrocar al gobierno de los Estados Unidos.
- Haber realizado cualquier actividad que pueda clasificarse como terrorista.
- Membresía en un partido totalitario, en el comunista o en el partido nazi.
- Haber participado en un genocidio.
- Ser una carga pública o cuando es probable que se va a ser en el futuro.
- Haber participado de cualquier forma en lavado de dinero o pretender entrar a EEUU para desarrollar esa actividad delictiva.
- Ser un médico o personal de sanidad que carece de la debida cualificación o certificación.
- Estar ya en Estados Unidos y haber entrado al país cruzando ilegalmente la frontera. Es decir, no hubo un control migratorio en una aduana terrestre, en un puerto o en un aeropuerto y, por
- lo tanto, ningún oficial de inmigración admitió o le concedió una parole al extranjero que ahora solicita la green card.
- No haberse presentado en Corte cuando se tenía una citación durante un proceso de deportación.
- Haber presentado o utilizado un documento de identificación falso.
- Asegurar falsamente que se es ciudadano de los Estados Unidos.
- Llegar a EEUU como polizón.
- Haber que han violado las condiciones de una visa de estudiante.
- No tener documentos que son necesarios para obtener la green card.
- Haber sido penalizado civilmente de acuerdo a las disposiciones del artículo 247C la Ley de Nacionalidad e Inmigración (INA, siglas en inglés).
- Cumplir con alguno de los supuestos que hacen a una persona inelegible para poder adquirir la ciudadanía americana, según los artículos 314 y 315 de la INA.
- No haber cumplido en tu país con la obligación del servicio militar.
- Haber sido expulsado de Estados Unidos nada más llegar a las fronteras del país.
- Tener o haber tenido presencia ilegal en Estados Unidos.
- Cometer una infracción inmigratoria y después continuaron viviendo en Estados Unidos en una situación de presencia ilegal.
- Haber sido deportado.
- Haber sido deportado y después de su deportación han vuelto a cruzar ilegalmente a Estados Unidos, causando así lo que se conoce como prohibición permanente.
- Practicar la poligamia.
- Secuestro internacional de niños.
- Haber votado ilegalmente en Estados Unidos.
- Haber renunciado previamente a la ciudadanía para evitar pagar impuestos.
- Haber tenido una visa de intercambio J-1 hasta que pasan dos años viviendo fuera de EEUU en los casos en los que aplica, que no es siempre.
- Cuando tu presencia en EEUU puede ser calificada de que sería un perjuicio para el país.
- Haber reclutado a niños-soldados o cometido tortura o asesinatos extrajudiciales.
- Haber atentado gravemente contra la libertad de religión cuando se actuaba como oficial de otro país.
- Haber ayudado a indocumentados a entrar ilegalmente a Estados Unidos.
La abogada Claudia Canizares de la firma FM LAW GROUP P.A puede ser contactada llamando al teléfono (305)827-2277 o el email: claudia@thefmlawgroup.com para todos aquellos que necesiten asesoramiento legal".
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